La licitación de los activos de SanCor Cooperativas Unidas Limitada quedó suspendida por decisión de la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de la Quinta Circunscripción Judicial. El tribunal hizo lugar al recurso de queja presentado por Fidulac S.A., el fideicomiso acreedor, y concedió la apelación con efecto suspensivo contra la resolución que había aprobado el pliego de bases y condiciones para la venta de los activos de la cooperativa.
La resolución de primera instancia, dictada el 11 de junio por el juez Marcelo Gelcich, había aprobado el pliego, fijado los valores base de los lotes y autorizado el cronograma de venta. Con la decisión de la Cámara, todos esos efectos quedan suspendidos hasta que el tribunal analice el fondo de la apelación.
Por qué actuó la Cámara
El juez Gelcich había rechazado el recurso original de Fidulac sin examinar su contenido, al considerar que la presentación tenía un defecto formal vinculado a la firma de Gustavo Scaglione, titular del fideicomiso. La Cámara revocó esa decisión al entender que se trató de un exceso de rigor formal.
Los camaristas señalaron que la firma fue realizada a través de la plataforma DocuSign, que constituye una firma electrónica reconocida por la legislación vigente, y que no existía motivo para desconocer su validez de oficio. Tanto Scaglione como el abogado patrocinante acreditaron correctamente la representación de Fidulac, según el tribunal.
Además, la Cámara consideró que la aprobación del pliego y el inicio del cronograma de liquidación representan una decisión de importancia decisiva, dado que fijan los valores y el mecanismo de venta de los activos, con consecuencias potencialmente irreversibles para el proceso concursal y la continuidad de la empresa.
Qué cuestionó Fidulac
En su recurso, Fidulac sostuvo que el esquema de venta diseñado por el juez de primera instancia favorecía la fragmentación de la empresa. El fideicomiso argumentó que vender por separado las marcas, las plantas industriales y el resto de los activos reduciría el valor económico del conjunto. "La empresa como unidad productiva presentará un mayor valor que las unidades que la integran consideradas en forma separada", sostuvo el escrito presentado por Fidulac.
El recurso también planteó la falta de intervención efectiva del Comité de Acreedores, observaciones sobre el funcionamiento de la sindicatura plural y objeciones a la valuación utilizada para fijar el precio base de los activos. Ninguno de esos puntos fue examinado en primera instancia.
Qué sigue
La Cámara no se pronunció todavía sobre si los cuestionamientos de Fidulac son fundados. Lo que resolvió es que deben ser analizados antes de continuar con la liquidación. El tribunal ordenó la elevación del expediente principal para tratar el fondo de la apelación y el planteo de nulidad.
La definición será central para el destino de SanCor, cuyos activos fueron valuados por la Justicia en 52,1 millones de dólares, de los cuales 24,7 millones corresponden a marcas y bienes intangibles. Sobre esos activos existe interés de distintos grupos empresarios, aunque el proceso de venta permanece paralizado mientras la Cámara delibera.



