La Corte Suprema de Justicia confirmó la condena al Estado Nacional y a la provincia de Buenos Aires a indemnizar a las familias de las víctimas de la denominada Masacre de Carmen de Patagones, ocurrida el 28 de septiembre de 2004. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti declararon "inadmisibles" los recursos presentados por el Ministerio de Seguridad nacional y por la Fiscalía de Estado bonaerense, en representación de la Dirección General de Cultura y Educación.
La resolución más reciente corresponde a la demanda iniciada por la madre de Sandra Núñez, una de las tres víctimas mortales del tiroteo. El máximo tribunal ya se había pronunciado en el mismo sentido en la causa promovida por los familiares de Federico Ponce, otro de los alumnos asesinados. La tercera víctima fatal, Evangelina Miranda, también fue objeto de una demanda judicial, aunque esa causa obtuvo sentencia en primera instancia hace menos de dos años y continúa su curso.
Qué ocurrió en 2004
El 28 de septiembre de 2004, Rafael Solich, de 15 años en ese momento, ingresó a la Escuela de Enseñanza Media Nº 202 "Islas Malvinas" de Carmen de Patagones con una pistola calibre 9 mm que pertenecía a su padre, suboficial de la Prefectura Naval Argentina. Luego del izamiento de la bandera, se paró frente al aula donde cursaba el primer año del Polimodal y comenzó a disparar. Mató a tres compañeros e hirió a otros cinco: Natalia Salomón, Nicolás Leonardi, Cintia Casasola, Rodrigo Torres y Pablo Saldías Kloster. El tiroteo se detuvo cuando un amigo del agresor, Dante Peña, logró reducirlo y quitarle el arma.
Los fundamentos judiciales
La Justicia Federal de Bahía Blanca, en primera y segunda instancia, había aplicado el artículo 1117 del Código Civil entonces vigente, que establece la responsabilidad de los establecimientos educativos por los daños causados o sufridos por alumnos menores bajo su control. Los magistrados consideraron que las autoridades escolares no dieron "una respuesta diligente a los problemas de conducta que mostraba" el agresor, a pesar de que miembros del colegio habían advertido que los alumnos podían estar en peligro.
Respecto del arma, los tribunales también atribuyeron responsabilidad a la Prefectura Naval por fallas en la custodia de la pistola reglamentaria del padre de Rafael Solich.
La situación del agresor
Al iniciarse la causa penal, Solich fue internado en un centro del partido de Ensenada. La jueza Alicia Ramallo lo declaró inimputable por ser menor de edad, y el proceso concluyó con su sobreseimiento. Posteriormente fue diagnosticado con esquizofrenia y derivado a una clínica psiquiátrica juvenil, donde continuó tratamiento. Al cumplir 21 años, su caso pasó a la órbita de la Justicia de Familia de La Plata. Hoy, con 37 años, permanece bajo tutela judicial.
Contexto
El caso volvió a la atención pública luego de que el 30 de marzo pasado un adolescente de 15 años ingresara con una escopeta a la Escuela Mariano Moreno de San Cristóbal, Santa Fe, donde mató a un compañero de 13 años e hirió a otros ocho. El ataque de Carmen de Patagones es considerado el primero de este tipo con múltiples víctimas en la historia del país, aunque en 1997 un estudiante de 14 años de Burzaco había disparado y matado accidentalmente a un compañero con el arma de su padre, que era gendarme.
Las tres causas por daños vinculadas al hecho de 2004 se encuentran en distintas etapas procesales: dos ya cuentan con fallo firme de la Corte Suprema, mientras que la correspondiente a la familia de Evangelina Miranda continúa su tramitación en instancias inferiores.



