El Gobierno nacional autorizó un anticipo financiero de hasta $400.000 millones para la provincia de Córdoba con el fin de atender necesidades transitorias de caja y cubrir compromisos presupuestarios y amortización de deudas. La medida quedó formalizada este lunes mediante el Decreto 584/2026, publicado en el Boletín Oficial.

La asistencia será instrumentada por la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, que determinará el monto efectivo a desembolsar en función de la capacidad de repago de la provincia y de su participación en la recaudación de tributos nacionales. La administración de Martín Llaryora deberá, a su vez, autorizar a la Secretaría a practicar las retenciones automáticas necesarias para cancelar el capital y los intereses.

Anticipos financieros nacionales a provincias en 2026 (en miles de millones de $). Fuente: Decreto 584/2026 y decretos previos – Boletín Oficial.
Anticipos financieros nacionales a provincias en 2026 (en miles de millones de $). Fuente: Decreto 584/2026 y decretos previos – Boletín Oficial.

Condiciones de devolución

Los fondos deberán reintegrarse durante el Ejercicio Fiscal 2026 mediante retenciones automáticas sobre los recursos de coparticipación federal y otros fondos coparticipables sin afectación específica. La operación devengará una tasa fija nominal anual del 15%, aplicada sobre el saldo pendiente desde el momento del desembolso hasta su cancelación efectiva.

Como garantía, la provincia deberá afectar los recursos que percibe a través del régimen de la Ley 23.548 de Coparticipación Federal y otros fondos coparticipables hasta cubrir el capital adelantado y los intereses correspondientes. La norma aclara que el anticipo está destinado exclusivamente a cubrir necesidades financieras transitorias y no constituye una asignación de recursos adicionales de libre disponibilidad.

Marco legal y antecedentes

La medida se apoya en el artículo 124 de la Ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto, que habilita al Ministerio de Economía a otorgar anticipos financieros a las provincias a cuenta de su participación en la distribución de impuestos nacionales. La legislación vigente establece que estos anticipos deben reintegrarse dentro del mes de su otorgamiento, aunque el Poder Ejecutivo puede extender ese plazo hasta el cierre del ejercicio fiscal con intervención del Ministerio de Economía.

El decreto menciona que durante el año el Gobierno implementó mecanismos similares para otras jurisdicciones: Entre Ríos recibió inicialmente un anticipo de hasta $220.000 millones —posteriormente ampliado—, mientras que Santa Fe y Jujuy fueron incorporadas al régimen de anticipos de hasta $400.000 millones, en condiciones equivalentes a las ahora acordadas con Córdoba.

La operación contará con la intervención de la Contaduría General de la Nación y la Tesorería General de la Nación, responsables del registro y control de la asistencia. La Secretaría de Hacienda tendrá a su cargo la ejecución y el seguimiento del mecanismo de devolución, y queda facultada para fijar el cronograma de desembolsos y suscribir los acuerdos operativos con la provincia.